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miércoles, 25 de diciembre de 2019

Legislación sobre los transgénicos en el mundo

Si recordáis, hace no mucho realizamos un post acerca de la legislación europea en el campo de los transgénicos. La legislación europea es un poco restrictiva comparada la de otros países, cuya legislación vamos a exponeros a continuación.
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Estados Unidos tiene una legislación bastante diferente a la europea. Para los alimentos transgénicos derivados de plantas, las agencias encargadas de la regulación son la FDA, la USDA y la EPA: la FDA se encarga de que estos alimentos sigan el mismo marco legislativo que se aplica a los demás alimentos; la USDA vela por la seguridad, el bienestar y el valor de los recursos agrícolas a partir de los cuales se producen los alimentos transgénicos; y la EPA se encarga de regular los cultivos transgénicos que contienen algún producto pesticida en su ADN.

Resultado de imagen de FDA

La FDA utiliza análisis de seguridad para comprobar que el alimento transgénico que quiera aprobarse es seguro. Se realiza un acto de consulta con el desarrollador del alimento para determinar si este será regulado como caso especial. En esta consulta, el desarrollador realiza un análisis de seguridad para analizar el alimento, envía un informe a la FDA y si esta da el visto bueno, el alimento puede entrar al mercado.

En cuanto a alimentos transgénicos derivados de animales, estos vienen regulados bajo el acto federal sobre alimentos, fármacos y cosméticos y el CMV GFI #187. En este campo  hay varias especies animales modificadas genéticamente aprobadas para el consumo humano, como el salmón AquaAdvantage.

Resultado de imagen de Austrania and New Zealand"Hay otros muchos alimentos transgénicos aprobados en EUA, lo que muestra la simplicidad y efectividad de su sistema legislativo.

Resultado de imagen de FSANZEn Australia, la legislación está a medio camino entre la legislación estadounidense y la europea: de vez en cuando se aprueban alimentos transgénicos, pero los análisis de seguridad son algo más duros que los de la FDA. La regulación de alimentos transgénicos es llevada por la FSANZ, cuyo marco legislativo afecta también a Nueva Zelanda.

El análisis de seguridad de la FSANZ se basa en la identificación de peligros derivados de la modificación genética, la identificación de peligros asociados al uso del alimento, y la determinación de las condiciones correctas de uso para permitir un uso seguro del alimento. Este análisis, además, analiza los alimentos caso por caso y realiza comparaciones con alimentos convencionales con estándares de seguridad aceptados.


El año pasado, salió la noticia de que en Australia y Nueva Zelanda había sido aprobado el arroz dorado, ejemplo de uno de los muchos transgénicos aprobados en ambos países.

Resultado de imagen de ChinaPor último, el caso de China es bastante interesante. Allí, los alimentos transgénicos se encuentran regulados principalmente por el Ministerio Chino de Agricultura (MoA).

Resultado de imagen de Chinese Health MinistryLa regulación del MoA se centra especialmente en la seguridad en la producción primaria de alimentos transgénicos, pero hay una falta clara de regulación en cuanto a protección del consumidor. El Ministerio Chino de Salud (MoH) planteó un reglamento para la protección de los consumidores en 2002, que fue derogado en 2007, lo que resultó en una laguna legal en la regulación de los alimentos transgénicos. En 2015 se creó un reglamento para el correcto etiquetado de estos productos, con el fin de proteger al consumidor.

En cuanto a análisis de seguridad, en 2009 se introdujo una ley de seguridad alimentaria para establecer diversos análisis de seguridad y de monitorización de riesgos. Los alimentos transgénicos tienen análisis de seguridad preestablecidos desde 2001.

Expuestos estos ejemplos, cabe destacar también la existencia de otros países donde la legislación en alimentos transgénicos es más dura, llegando incluso a prohibir su comercialización. Uno de estos países es Rusia, dónde los alimentos transgénicos se encuentran totalmente prohibidos desde 2017.

Queda claro que, en otros países donde no hay prohibiciones, la regulación no dista mucho de la regulación europea. Sin embargo, en estos sí llegan a aceptarse alimentos transgénicos para consumo humano.

Bibliografía



sábado, 14 de diciembre de 2019

CRISPR-Cas9: Legislación y aceptación.

En la década de los 90, se descubrieron las secuencias CRISPR de forma independiente por los equipos de Yoshizumi Ishino y Francis Mojica. Años después, se observó su potencial como método de edición genética, y en 2017 se obtuvo la primera modificación de bacterias por este método. 

Su uso se extendió por los laboratorios, y también lo hizo su legislación, lo que provocó ciertas quejas por parte de los investigadores.

En Europa, hasta que no se empezó con su regulación específica, las técnicas derivadas de CRISPR no estaban sujetas a una legislación tan estricta como la de las técnicas convencionales de modificación. Sin embargo, en verano de 2018 se modificó la Directiva 2001/18/CE de forma que la edición genética con CRISPR acabó bajo las mismas restricciones que se le ponía a otras formas de modificación genética como la transgénesis convencional.

Esto provocó que varios científicos elaboraran una carta abierta en forma de protesta, puesto que les dejaría atrás en el progreso biotecnológico respecto a investigadores de otras partes del planeta.

Por otra parte, este año salió en EEUU la primera ley directamente dirigida a CRISPR, donde se prohíbe vender “kits de edición genética” para autoadministración sin advertencia de uso.

En Asia, la legislación varía entre países. En Japón está prohibida la edición genética de embriones humanos, mientras que China fue noticia hace un año por editar el genoma de dos mellizas para que fueran inmunes al VIH editando el gen CCR5. Allí está prohibida la clonación humana con fines reproductivos, pero permite la investigación con células madre de pre-embriones sobrantes de tratamientos de fertilización in-vitro. 

El caso de las mellizas suscitó quejas por parte de otros investigadores, que denunciaban que aún no estamos preparados para este método. Las terapias realizadas hasta ahora han sido ex vivo, no en el propio paciente. Además, hay que asegurar la seguridad y eficacia del método, puesto que pueden darse casos de reacciones alérgicas entre otros problemas (se ha visto que hay personas con anticuerpos contra Cas9, por ejemplo).

Como vemos, el sistema CRISPR se distingue de la transgénesis no solo por su forma de empleo y eficacia, si no por las múltiples aplicaciones que podría tener en la salud humana. Por esto, requiere unas consideraciones especiales a la hora de su regulación, pero que a su vez no limiten su investigación y progreso.

Bibliografía